miércoles, 16 de noviembre de 2011

CARTA AL PRESIDENTE

Sr. Presidente de la Nación Nestor Kirchner

Primer Ciudadana - Senadora Cristina Fernandez de Kirchner

cc/ Arzobispado de Buenos Aires - S.E.R. Jorge Bergoglio.

cc/ Sres presidentes H.S.N., H.C.D., Consejo de la Magistratura(Ref. 131/02)

cc/ Sr. Ministro de Justicia - Dr. Gustavo Beliz

cc/ Comisiones Familia - Derechos Humanos -

cc/ Sr. Atilio Alvarez Comisión Familia UCA

cc/ Juan Carlos Blumberg

http://ar.geocities.com/secuestro_legal_de_menores/cartas/presidente2.htm

INSEGURIDAD JURIDICA y destrucción innecesaria de la (mi) familia.

Para qué sirve La Ley?

“La propiedad, la vida, el honor, son bienes nominales cuando la justicia es mala” advertía J.B.Alberdi. El 27/05/96 me arrebataron a mis hijos con argucias legales y durante 5 años ignoré todo acerca de ellos. Cuando me ‘dejaron’ verlos en el juzgado, los vínculos estaban totalmente destruidos.

- Mi hija dijo: ¿Qué sentido tiene esto ahora?, ¡Pasaron 5 años...!, Me tuve que acostumbrar a vivir sin él. Si hubieran pasado 5 meses...! Pero pasaron 5 años!...!, 5 años!..., y se echó a llorar.

-Mi hijo dijo: VOS NO SOS MI PADRE - YO NO TENGO PADRE.

- Días después el juez se limitó a decirme: “Sr. Castelli, que terrible lo que ‘le pasó’(?), no vaya a pensar que el juzgado tiene algo contra usted”.

A mi hija NUNCA MÁS la volví a ver, y a mi hijo solo lo vi un par de veces porque tuvo un accidente.

Había estado siempre con mis hijos hasta que pedí ayuda a expertos en asuntos de familia.

¿Cómo puede ser que habiendo intervenido un juzgado, pueda haber pasado esto durante 5 años?

¿Se podría haber evitado?

Hubo dos maneras de evitarlo, actuando por mis propios medios sobre quienes estaban abusando de mi familia, tal y como si se tratara de peligrosos forajidos, o, recurriendo a la justicia como lo hice.

Explico: Mi esposa fue atormentada al extremo de verse obligada a denunciarme para que no nos sacaran a nuestros hijos y la situación se mantuvo en el tiempo, no es el primer caso (Intebi*). Se aplicó la ley 24417(V.Fam) y mis continuos reclamos recorrieron todo el sistema legal sin que esta situación se haya ponderado. En consecuencia, todo quedó como un caso de Violencia Familiar en una familia irrecuperable.

- ¿Por qué prosperaron las denuncias falsas que hacía mi esposa estando presionada?

- ¿Por qué ni el Sr. Juez, ni autoridad alguna hasta el día de hoy atendió mis reclamos?

Así las cosas, ¿cuál es la seguridad jurídica?

¿A quién recurre el humilde ciudadano que cae en estas “circunstancias” tan particulares?

No ocupo puestos de importancia, ni tengo, ni tuve amigos en el poder, pero perdí a mis hijos y esta es la razón por la que escribo al Sr. Presidente, para mostrar el grado de indefensión en que nos encontramos las familias que ingresamos al ámbito jurídico. Las prueba de lo que nos hicieron están a la vista: Mi padre murió sin volver a ver a sus nietos. Mis hijos, quedaron sin padre, sin familia y arrastrados a la más absoluta pobreza. En síntesis, una familia decente aniquilada porque se dilapidan los recursos del Estado en asuntos de familia.

Como padres, comprenderán S.E. mi dolor e indignación, y lo que es más grave, mi impotencia.

Acaso, hay apropiadores legalizados (por denominarlos de algún modo) cuándo está en juego el destino de una familia?

Qué hacer cuando luciendo prestigio y/u ocupando puestos(clave), por acción directa y/u omisión violan elementales derechos, y de familias enteras?

Cuál es la defensa de un ciudadano desconocido como lo soy yo, cuando parapetados tras seguros puestos, además utilizan los medios de comunicación, para descalificar con información distorcionada a quienes hacen una sana crítica y el natural reclamo de un padre para recuperar a sus hijos?(Ver 2)

A quién recurrir cuando estando en juego la integridad de la familia, el abogado(de la contraria), funcionarios judiciales y otros operadores mantienen aceitadas relaciones?

A quién rinden cuenta de sus actos?

Todos somos honrados pero el poncho no aparece, reza el refranero popular. Lo que se traduce de la siguiente manera en el caso que me ocupa:

Como dije mi esposa fue aterrorizada y por esa razón me denunció una y otra vez. Bajo esta fuerte presión se hicieron evaluaciones y elevaron informes al juzgado. Pero ho sorpresa! Solamente dos operadores dejaron ver el acoso emocional en que se encontraba, y uno de ellos con amplitud de detalles. Por qué otros operadores omitieron informar tan particular situación, y en cambio, fomentaron el alejamiento argumentando que yo era nocivo para mis hijos, siendo que algunos ni siquiera me conocían?

Para qué sirven los códigos de ética? Para qué se dictan normas? Para qué sirve la ley si no se cumple?

Un magistrado advirtió acerca de “la especial protección que la ley 24417 ... confiere a los denunciantes”. Pero lo grave, es que también protege a quienes bien parapetados promueven “denuncias falsas”, envalentonados por el silencio cómplice de terceros. Cosa que puede comprobarse en este caso donde las responsabilidades se diluyen y las víctimas de este proceder quedan sin elementos para acusar a los victimarios. ¿En manos de quienes están las familias que ingresan al sistema jurídico?

Esclavo de La Ley, después de 6 años de continuos reclamos llegué al Consejo de la Magistratura que desestimó mis argumentos y denuncia al magistrado, cuyas medidas dejaron a dos niños huérfanos de padre vivo, porque, a la madre la amenazaron con sacarle a los hijos para denunciarme. En los hechos, un castigo peor que la muerte, incluso de mis hijos, porque ignorando todo acerca de ellos, tengo la terrible incertidumbre de como están, qué es lo que hacen, incluso, como pueden llegar a terminar sus vidas.

Por si fuera poco, debo soportar la mancha de duda que se genera sobre mi persona, cuando se argumentan “fundadas medidas”, “abundantes probanzas” y frases similares. Siendo que al día de hoy continúo ignorando por qué se asegura que fueron fundadas tales medidas, y, cuáles son las probanzas. Y por no estar aclarado taxativamente, es una falta de respeto a la dignidad de hombre libre. O acaso solo los encumbrados funcionarios tienen buen nombre y honor? Y el hombre común, qué?

Lo que sí queda muy claro es lo siguiente: a) Fui a pedir ayuda para mi familia al centro de Salguero 765; b) Las presiones que en el lugar recibió mi esposa para denunciarme; c) Los informes engañosos a S.S.; y d) La vinculación que hay entre los operadores.

Qué elementos legales hay para neutralizar esta situación? - A quién recurrir?

Lisa y llanamente esto es tortura, es, Terrorismo de Estado en pequeña escala hacia indefensas familias.

¿Qué sentido tiene la más perfecta de las leyes en estas condiciones de inseguridad?

¿Amenazan a una madre con arrebatarle a los hijos y separan al padre impidiendo todo posible contacto?

Así las cosas, la deuda que contrajo la actora y lo que perdió la familia suman unos U$S 70.000. ¿Y todo esto se hizo considerando “el interés superior del niño”? Los mismos que ahora están pagando esa deuda?

Si se me hubiera evaluado por mi conducta, y os operadores hubieran procedido de acuerdo al espíritu de la C.N. y valores de la Iglesia Católica, no me hubieran separado ni 5 segundos de mis hijos. Por lo tanto, afirmo que se trata de una cuestión de ideologías que sutilmente se están imponniendo y se oponen a valores contemplados y protegidos por nuestras leyes y nuestra Iglesia Católica. Hay otra explicación? - Quién dude de lo que digo, puede analizar paso a paso como se desarrolaron los hechos, y comprobará que llamativamente, ya se sabía que no vería a mis hijos en el corto plazo.

Así las cosa y con estos resultados, ¿cómo debí haber procedido para proteger a mi familia?

Procedí de manera ejemplar pero solo recogí las incomodidades que mi reclamo generó. Y habiendo llegado al Consjo de la Magistratura sin respuestas, porque el meollo de la cuestión continúa sin ser advertido (intimidación a la actora), concluyo que debí haber actuado en legítima defensa y atenerme a las consecuencias. Ahota bien, como soy ignorante en asunto legales pero soy católico más allá de las palabras, me fundamento en lo que al respecto dice el Catecismo de la Santa Iglesia Católica:

2265 La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un

deber grave, para el que es responsable de la vida de otro, del bien

común de la familia o de la sociedad.

Me arrebataron a mis hijos, y por si fuera poco, me cansé de ver sufrir a padres y madres a quienes también en el colmo del sadismo, les fueron arrebatados sus hijos. Necesito ayuda porque quiero JUSTICIA. El ejercicio de la profesión sin rendición de cuentas, da estos resultados: Dos niños sin padre y sin familia. Y es grave, porque el alcoholismo, la drogadicción, la delincuencia prematura, etc., suelen ser el residuo de las familias desarticuladas.

Mi función paterna fue abortada y más allá del dolor merezco una respuesta porque debo dar respuestas, y, como no la he obtenido en casi 8 años, espero la atención del Sr. Presidente.

Hacer leyes para meter preso a un chico de 14 años muy es fácil, pero cuando a un chico de 14 años señoras/es de cuello blanco por acción u omisión lo torturan, le niegan las posibilidades de un futuro digno, etc., como hicieronn con mis hijos, que pasa?

O acaso aterrorizar a un cicho de 14 años con que va a ser separado de sus padres no es tortura?

Y esto lo hicieron con mis hijos, y puedo mostrar que mi hija tenía miedo de perder a la mamá.

Y digo de cuello blanco porque acá no intervinieron uniformados brutos o ex-uniformados.

Como se compatibilizan estos resultados ( 5 años de obstrucción de vínculos !) con el buen ejercicio de la profesión, y con las garantías que para el sano ejercicio de la profesión deben brindar a la sociedad las organizaciones que nucléan a abogados, psicólogos, etc?

Soy un padre y es una cuestión de moral lo que estoy planteando, porque en este país solo van presos los ladrones de gallinas, asegura la sabiduría popular. Espero por su intermedio las respuestas de los colegios de abogados y demás asociaciones cuyos adherentes trabajan en asuntos de familia.

Pero además, pido una amplia investigación para analizar y superar situaciones como las que aniquilaron a mi familia y ya fueron comentadas por un ex Juez de Familia (A) . Es imperioso controlar a los grupos que trabajan en asuntos de Violencia Familiar, como así también la aptitud psíquica para el trabajo. Después de todo, estamos hablando de la familia, ni más ni menos. Y no siempre se hace lo que se dice como se puede comprobar.

NUNCA MÁS el secuestro legal de hijos!

Necesito ayuda porque son fuertes, nosotros quedamos pocos y estamos agotados.

Notas:

A)- El Dr. Cárdenas, ex Juez de Familia, en una singular muestra de coraje civil señaló esta situación, y lo que ganó a cambio, fue una tan dura como inexacta crítica por parte del grupo de poder al que puso en evidencia. Dice: “ Algunos hablan del nacimiento de una verdadera “industria” de denuncias de abuso sexual, promovidas con el fin de aislar al hijo del otro progenitor.” Yo agrego que de igual manera y con las mismas consecuencias, vienen procediendo en asuntos de “Violencia Familiar” ( El Abuso de la Denuncia de Abuso - La Ley 15/09/00).

B) Reacción que provocó el artículo: 1) Nota a la Lic. Gabriela AlegreDir. de D.H. GCBA, 18/12/00 y nota en matutino Página 12 - 2) “Apreciaciones sobre la nota “El abuso de la Denuncia de Abuso” de Eduardo José Cardenas” Dr.Silvio Lamberti - La Ley - C) Recientemente el lic.Norberto Inda tuvo serios problemas en la APBA por un art. en Página 12 donde advirtió acerca de la necesidad de contar con informes diagnósticos más certeros y rigurosos antes de separar a hijos y padres. “L os integrantes del Foro de Psicoanálisis y Género de la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires, expresan públicamente que el Lic. Norberto Inda ha dejado de formar parte del Comité Asesor y no pertenece más a este espacio (16/04/03)”.

D) Vease también: “El sindrome de alienación profesional y la ruptura innecesaria de la familia”. La Ley 07/03/02. Dra. María Delia Bueno.

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